Nueva constancia médica de enfermedad celíaca

Atento a las dificultades ocurridas hasta la fecha por falta de uniformidad en la documentación requerida para certificar en los pacientes el diagnóstico de enfermedad celíaca, es que se ha elaborado el presente certificado, consensuado con la SAP (Sociedad Argentina de Pediatría), SAGE (Sociedad Argentina de Gastroenterología) y Ministerio de Salud de la Nación; el que a partir de la fecha se considerará constancia suficiente para tramitación de beneficios otorgables a pacientes celíacos.

Esta constancia será válida para pacientes diagnosticados a partir de la fecha, así como para aquellos que habiendo sido diagnosticados previamente les sea solicitada la información referida al diagnóstico.

En caso de no contar con los informes de los estudios correspondientes, por haber sido diagnosticados previamente y no poseer la documentación respaldatoria, este Certificado es válido por sí mismo, fundamentándose en el criterio del médico especialista, no requiriendo ser acompañado de otros elementos diagnósticos.

Este documento será válido tanto para el ámbito público como privado (las obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean), y atento a que se trata de una enfermedad permanente, no tiene vencimiento.